Organismo de Protección Reconocido
Por Resolución D.S. Y O.M. ORDINARIO Nº 12600/640 VRS del 02 de Julio del 2020 DIRECTEMAR, autoriza y delega a «CAPACITACIÓN FIGAN L TDA.», para ejercer la función de organización de protección reconocida de acuerdo con lo establecido en el CÓDIGO PBIP. (Ver Resolución)
Personal Clave para Realizar las Actividades
La Organización de Protección Reconocida, podrá realizar las siguientes actividades, mientras el personal que se autoriza sea parte de la Organización:
a.- Elaboración de Planes de Protección de Instalaciones Portuarias.
b.- La formación adecuada al personal responsable de la protección de la Instalación Portuaria y a los que no tienen tareas asignadas de protección, de acuerdo con la sección 18 de la parte «A» y sección 18 de la parte «B» del Código PBIP.
c.- La planificación y realización de ejercicios y prácticas de acuerdo con las frecuencias
establecidas en los Planes de Protección.
d.- Organizar, planificar y ejecutar Auditorías Internas al Plan de Protección.
Las Evaluaciones de Protección, al ser una actividad del Estado, solamente pueden ser confeccionadas o modificadas por una Organización de Protección Reconocida, a requerimiento de la Instalación Portuaria o de la Autoridad Marítima.
Cursos de Capacitación de acuerdo con el Código PBIP
OMI 3.19 Oficial de Protección del Buque
OMI 3.20 Oficial de Protección de la Compañía
OMI 3.21 Oficial de Protección de la Instalación Portuaria
OMI 3.26 Formación en Sensibilización sobre Protección para Gente de Mar que tenga Asignada Tareas de Protección
OMI 3.27 Formación en Sensibilización sobre Protección para toda Gente de Mar.